LA CASA DE LA MUJER ES TUYA , PORQUE HACES PARTE DE SU DESARROLLO

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La Casa de la Mujer es para toda la comunidad del Municipio, de Carepa.

Te invitamos a que participes con tus opiniones y sugerencias para una mejor coordinacion, en el cual tendremos un trabajo unido y participativo.


martes, 14 de septiembre de 2010

LOS TRECE PROGRAMAS DEL AUTO 092



Estas órdenes implican para las autoridades colombianas de todo nivel las siguientes cuestiones:
1) Incluir en el Plan Integral Único y en el Plan de Desarrollo de los municipios y departamentos
el enfoque diferencial de derechos que contempla el Auto 092. A pesar de que, en la mayoría de municipios y departamentos estos ya fueron aprobados, se deberían generar los mecanismos
excepcionales oportunos para cumplir las órdenes de la Corte.
2) Generar los mecanismos5 oportunos para destinar un presupuesto propio y suficiente para la
implementación de los trece programas y dos presunciones constitucionales. El presupuesto destinado para el próximo año no ha incluido, hasta el momento, una partida de gasto para la
implementación de dichos programas.
El Conpes 3400, actual política financiera para atender a las personas en situación de desplazamiento entre 2005 a 2010 en cumplimiento a la sentencia T- 0256, resulta inoperante frente al cumplimiento del Auto 092, el cual, de entrada, exige al Gobierno actualizar sus compromisos presupuestales que permitan el cumplimiento del mismo.
3) Crear procesos serios que mejoren las capacidades institucionales (formativas, comunicativas,
de actuación y de coordinación entre entes nacionales y territoriales) con el fin de dar cumplimiento al Auto 092.
4) Crear una nueva oferta y fortalecimiento de la poca oferta pública existente de prevención, atención, protección de los diez riesgos y 18 facetas de género indicadas por la Corte Constitucional, que tienen que ver con las violencias de género, en particular la violencia sexual como arma de guerra.
5) Apelar a las instituciones de control para que incorporen una batería de indicadores que les permita emitir alertas tempranas a partir de la identificación de los diez riesgos concretos que afectan a las mujeres con el fin de prevenir el desplazamiento.
6) Da un paso adelante en la visibilización de la violencia sexual contra la mujer como una práctica habitual, extendida, sistemática e invisible en el contexto del conflicto armado colombiano que causa desplazamiento o es producto del impacto del mismo.
Además, identifica patrones regionales de violencia sexual y por primera vez en la historia de Colombia. Ambos aportes son esenciales para ser incluidos en los procesos de verdad, justicia y reparación de estos crímenes de violencia sexual, hasta el momento mínimamente contemplados en dichos procesos.
7) Exige a la Fiscalía la superación de barreras existentes (ya identificadas por otros entes y organizaciones de mujeres) para el acceso a la justicia formal y material de las víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado.
Algunas de estas barreras identificadas por la Corte son las siguientes:
(a) actitud negativa de los funcionarios respecto a estas víctimas;
(b) subregistro, subvaloración y distorsión de este tipo de delito como crimen pasional, los sistemas de información que no cruzan violencia sexual con conflicto armado y menos con desplazamiento (Fiscalía, Medicina Legal, Policía). Faltan categorías de registro; no existen protocolos de detección de latigaciones de 183 casos en seis meses.
En el caso de que la respuesta no sea eficaz, se abre un camino para que las organizaciones puedan acudir a la Corte Penal Internacional (CPI). Ya existe un primer precedente en el mundo, en el cual la CPI arrestó e inició un proceso de enjuiciamiento contra el senador y líder opositor de República Democrática del Congo en el exilio, J.P Bemba, acusado de crímenes de guerra y contra la humanidad, entre ellos la violencia sexual, cometidos en República Centroafricana.
8) Exige a los diferentes entes del Estado de todo nivel partir en sus actuaciones de la presunción de vulnerabilidad acentuada de las mujeres. Ello debería impulsar entre los entes del Estado procesos de selección de personal y contratos con operadores a partir de criterios de humanidad y habilidades en relaciones sociales éticas. Así mismo, les debería exigir la habilitación de procesos de formación y sensibilizaciónserios para todas las personas, funcionarios y operadores con responsabilidades y contacto con la población desplazada. La función de supervigilancia de Procuraduría General de la Nación, vía sanciones disciplinarias, sería esencial frente aquellos funcionarios que actúen en contravía de esta presunción.
9) Ordena que este Auto 092 sea adoptado por todas las autoridades colombianas de todo nivel. Ello implica coordinación y articulación en el ámbito de coordinaciones a nivel nacional, pero sobre todo a nivel territorial, con el fin de asegurar la apropiación de este Auto por parte de los Comités y Mesas municipales y departamentales de población desplazada.
En conclusión, el Auto 092 obliga al Estado colombiano a priorizar los derechos humanos de las mujeres en situación de desplazamiento. Con el propósito de que esta priorización sea exitosa, todas las autoridades comprometidas deberían superar varias barreras:
(a) precariedad del Estado Social de Derecho en diferentes zonas del país, como por ejemplo Quibdó, Puerto Asís, Buenaventura, entre otras; y
(b) la existencia de prácticas de corrupción institucional en ciertas zonas del país. Superar estos obstáculos con eficacia y efectividad por las autoridades colombianas de todo nivel es para poder implementar de forma responsable el Auto en mención.
Por otra parte, la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, a la cual le corresponde la coordinación de los programas para la realización de los derechos de las mujeres desplazadas, tiene la obligación de convocar a otras instancias ministeriales decisorias
y al Congreso para asegurar mecanismos excepcionales (acelerados y oportunos) que le permitan asignar presupuestos suficientes, adecuados y permanentes para la implementación de este Auto.

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