LA CASA DE LA MUJER ES TUYA , PORQUE HACES PARTE DE SU DESARROLLO

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martes, 14 de septiembre de 2010

El Auto 092 como prioridad en la agenda política y presupuestaria municipal, departamental y nacional.

1. Respecto a las autoridades institucionales (nacionales, departamentales y municipales)
1.1. El Auto 092 como prioridad en la agenda política y presupuestaria municipal, departamental y nacional
- Que todos los entes nacionales con participación en la prevención, protección, restablecimiento
y reparación de la población en situación de desplazamiento destinen a la implementación de los trece programas y sus dos presunciones del Auto 092 un 3,2% de sus presupuestos, aumentando gradualmente un 0,5% cada año.
- Que para la vigencia fiscal 2009, la Nación destine una partida específica suficiente y oportuna
con el fin de implementar y consolidar territorialmente estos trece programas para las mujeres en situación de desplazamiento.
- Que los municipios destinen el 3,2% de cada uno de los recursos respectivos transferidos
por la Nación (Ley 1176-27/12/2007) en concepto de salud y educación hacia la implementación
de los programas de educación y salud para mujeres en situación de desplazamiento ordenados por el Auto 092.
- Que la Nación y los departamentos apliquen el principio de subsidiaridad y complementariedad respecto a aquellos municipios sin recursos propios con el fin de hacer posible la implementación
de los trece programas para mujeres en situación de desplazamiento ordenados por el Auto.
- Que las alcaldías, gobernaciones y la Nación motiven al sector privado a comprometerse con la implementación de los trece programas para mujeres en situación de desplazamiento, desde el respeto a los derechos humanos de las mujeres y de los derechos de las personas trabajadoras
- Que el Departamento de Planeación Nacional y el Ministerio Público, junto al SNAIPD, divulguen de forma rápida y efectiva los compromisos municipales y departamentales que se
derivan del Auto.
- Que el Departamento de Planeación Nacional, el Ministerio Público junto al SNAIPD comprometan a las autoridades políticas locales a incorporar las órdenes derivadas del Auto 092 en los PIU y en los Planes de Desarrollo de cada uno de los municipios. En aquellos municipios
menos sensibles respecto al marco de derechos humanos de las mujeres en situación de desplazamiento, el Departamento de Planeación Nacional, el Ministerio público junto al SNAIPD deberían facilitar un fuerte acompañamiento que garantizase la implementación local de los trece programas y de las dos presunciones constitucionales derivadas del Auto 092.
- Que todos los funcionarios de entes competentes para atender población en situación de desplazamiento, pertenecientes al SNAIPD o en convenio con el mismo, basen su actuación
en la presunción constitucional de “vulnerabilidad acentuada de las mujeres desplazadas,
para efectos de su acceso a los distintos componentes del SNAIPD y de la valoración integral
de su situación” (Auto 092).
- Que la Consejería para la equidad de género, y los programas, unidades departamentales y
municipales que trabajan la equidad de género doten a los demás entes institucionales de
capacidad para incorporar el marco de derechos humanos de las mujeres en situación de
desplazamiento, en sus funciones públicas nacionales departamentales y municipales.
- Que Acción Social incorpore en el diseño del FUD, el subregistro de violencias que han sufrido las mujeres en situación de desplazamiento citadas en el Auto.

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